JAMÓN BELLOTA 75% IBER D.O Dehesa de Extremadura
Jamón procedente de cerdos de bellota ibéricos puros 75% criados en la libertad de la dehesa, y controlados y garantizados por la prestigiosa Denominación de Origen Protegido “Dehesa de Extremadura”.
Caña fina, magro rojo púrpura intenso, destaca la grasa infiltrada y el tocino jugoso. Sus elevados niveles de ácido oleico aportados por la bellota en la montanera aseguran su jugosidad, excelente aroma, sabor marcadamente intenso y exquisito. Elaboración artesanal y larga curación hacen de cada jamón una pieza exclusiva
¡Sienta el placer de una textura y un aroma incomparable!
Pago Seguro. Tarjeta, Paypal o Transferencia bancaria
Envios 2/3 días laborales
Envio gratuito a la España peninsular para pedidos superiores a 80 €
El Jamón de Bellota Ibérico 75% D.O. Dehesa de Extremadura es reconocido por la calidad e infiltración de su carne. Todos los cerdos usados para su elaboración son 75% raza ibérica y han sido criados en Dehesas de Extremdura. Cada animal es certificado rigurosamente según las condiciones establecidas por la regulación de la D.O.P. Posteriormente han seguido un cuidado proceso de curación en Los Santos de Maimona, Extremadura.
Su alimentación está basada en bellotas, hierbas y otros recursos naturales de la dehesa, sin aporte de pienso suplementario.
CONSEJOS DE CONSUMO:
- Consumir preferiblemente a temperatura ambiente 20-24º.
- En caso de envasado al vacio se recomienda abrirlo al menos 10 minutos antes de su consumo.
CONSEJOS DE CONSERVACIÓN:
- Mantener en lugar fresco y seco incluso una vez empezado el corte del producto en el jamonero. Una vez acabado de cortar el producto, se recomienda cubrir la superficie de corte con finas laminas de grasa y la pieza con un trapo de algodón.
Ficha técnica
- Tipo Racial (RD 4/2014 de 10 de Enero)
- Ibérico 75%
- Precinto: (RD 4/2014 de 10 de Enero)
- Brida Roja: De bellota ibérico
- Alimentación:
- Bellota, hierba y otros recursos naturales de la dehesa, sin aporte de pienso suplementario.
- Origen:
- Extremadura
- Curación
- Mínimo 36 meses